El sello de Cuatro Reales


El sello de Cuatro Reales


El sello postal de Cuatro Reales es, indudablemente, uno de los más interesantes y raros de la filatelia ecuatoriana y, con toda propiedad, por su indiscutible rareza, se lo ha llamado EL PRÍNCIPE DE LOS CLÁSICOS ECUATORIANOS; pero no se le ha dado toda la importancia que merece, posiblemente por desconocimiento más o menos general de que son pocos los ejemplares auténticos que existen, en contraposición con la gran cantidad de falsificaciones que circulan en el mercado filatélico, aceptadas por la mayoría de los coleccionistas como piezas legítimas.

Desde hace algún tiempo cierto autor en diversas publicaciones, tanto en el país como en el exterior, ha buscado desacreditar a esta verdadera joya de la filatelia ecuatoriana, hac
iéndola aparecer como espuria, y en el artículo que publicó en el CONGRESS BOOK correspondiente a 1961 de AMERICAN PHILATELIC CONGRESS, afirmó que fue falsificada en el año 1868 junto con otras tres: 2 Reales verdes Reales canela y 12 Reales roja, por el Sr. Manuel Rivadeneira y su
hermana, y que estas personas fueron enjuiciadas por ese motivo.

Al hacer esta afirmación, dicho autor no quiere considerar que esta estampilla no apareció en 1868 sino en 1866; que tuvo uso indiscutido en el franqueo postal, como está probado por cubiertas de esa época; que el contrato original con el Sr
Rivadeneira ordena la manufactura de TRES planchas que, como hemos dicho, corresponden a las estampillas de Medio Real, Un Real y Cuatro Reales, pues las de Un Real, en sus dos colores, fueron impresas con la misma plancha; que ninguno de los tratadistas de la época o posteriores jamás han puesto en tela de juicio su legitimidad; que el valor de Cuatro Reales era necesario para el correo exterior; que el tamaño de la plana se conforma al de las de los valores de Medio y Un Real;
que la plana lleva líneas de marco iguales a las de la primera época de impresión de los otros dos valores; que nunca hubo tal juicio por falsificación y que, suponiendo que lo hubiera habido, es absurdo imaginar que al cabo de poco tiempo hubiera el Gobierno vuelto a contratar con el Sr. Rivadeneira nuevas impresiones de estampillas, como hemos probada por documento fehaciente; y que las estampillas de 2 Reales verde, 8 Reales canela y 12 Reales roja, no fueron falsificadas en el país, sino que es bien conocido que lo fueron en Boston tanto que se las conoce con el nombre de “las falsas de Boston”.

Por última, como prueba concluyente de que esta estampilla fue legítima, en fecha muy posterior a lo anterior, y gracias a su acuciosidad, el señor Miguel Tobón encontró en el archivo histórico que se conserva en la Casa de la Cultura Ecuatoriana el siguiente documento que prueba sin lugar a dudas la existencia legítima de esta estampilla:
“No. 1291.— República del Ecuador.— Ministerio de Estado en el Despacho de Hacienda— Quito a 30 de Dcbre, de 1865- Al Sr. Gobernador de la provinvcia- Se ha contratado con el señor Manuel Rivadeneira la construcción de cuatrocientas mil estampillas de portes de correo de a cuatro rs. c/u, en trescientos ps., a buena cuenta de los cuales dispone el Jefe del Estado se le den cincuenta ps, y se aplique al Arto. 75 del presupuesto general. — Dios guíe a US— (f) Manuel Bustamante”.

Si bien se contrataron cuatrocientas mil de estas estampillas, es de suponer que por alguna razón no se cumplió todo el contrato, sino sólo en pequeña parte, pues la rareza de esta estampilla es indiscutible.

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LAS MAL LLAMADAS ‘REIMPRESIONES”

LAS MAL LLAMADAS ‘REIMPRESIONES”

Seguramente por la demanda filatélica que pronto vino de las estampillas de esta primera emisión ecuatoriana, y sin autorización del Gobierno, la señora Emilia Rivadeneira, ya entonces de Héguy, confeccionó en 1890, nuevas planchas de los tres valores y con ellas hizo las mal llamadas “reimpresiones”, pues en realidad son falsificaciones, ya que no fueron impresas con las planchas originales, ni hubo decreto gubernamental que las autorizara para servicio de correos. Este nombre de “reimpresiones” con el que se conoce hasta ahora estas falsificaciones, les fue dado por autores antiguos como Eva Sereane y Gilbbons quienes creyeron que se trataba de emisiones legalmente autorizadas por el Gobierno del Ecuador. Es cierto que las hay anuladas con matasellos de la época, pero estos en la mayor parte de las casos son también falsificados y, si los hay legítimos, fueron indudablemente aplicados de mala fe con el objeto de hacerlas pasar por legítimas o que habían cursado legalmente en los correos. Es muy probable que para esa época doña Emilia no se hubiera sentido ya obligada para con el Gobierno, pues éste, desde 1872, hab!a contratado emisiones en el exterior, y ningún resultado favorable había conseguido a su solicitud a la Cámara del Senado del Congreso de 1887, en la cual entre otras cosas, expresaba: - "El sistema proteccionista, que se encamino decididamente a la creación y fomento de la industiia nacional, no puede menos de ser acogido favorablemente por los que aman el engrandecimiento y felicidad de la Patria... Habiendo desde mi niñez tomado entre mi dedos el buril, también me pregunto:

¿Porqué nuestro Gobierno contrata con los Yanquis la estampa de sus timbres y sellos, en vez de contratarla con una del país que puede hacerlos tan buenos como se necesitan?... No hay Inconveniente para que dé un decreto en el que se disponga que el Gobierno prefiera a la que habla, para La contrato de los timbres y sellos nacionales..."

Nada raro seria por tanto que, llena de decepción y ante la creciente demanda por las estampillas de esta primera emisión, ella misma las hubiese confeccionado, y no con ánimo de defraudar al Fisco, ya que para entonces eran otras las estampillas que circulaban sino para atender la demanda de los coleccionistas.

Estas ‘reimpresiones», que se hicieron tanto de las estampillas do Medio Real como de las de Un Real en sus dos colores, amarillo y verde y de la de Cuatro Reales, son reproducciones casi perfectas de las originales, en las que se ve bien definida la técnica Rivadeneira, y por varios detalles de diseño se llega a la conclusión de que para confeccionar las nuevas planchas, se usaron los cuños originales con ligeros retoques.

A la muerte de doña Emilia, estas planchas pasaron a poder de su sobrina, doña Cannen López Rivadeneira, quien las regaló al señor Miguel Andrade Marín el que, en 1924, las cedió al español Jaime Naidal y Maimó. Este las 11ev a Europa donde han servido pura inundar el mercado filatélico. No se conoce el fin que hayan tenido estas planchas.
Se hicieron por tanto dos impresiones con estas planchas: la primera en 1890 en Quito y la segunda probablemente en 1924, en España, con las planchas llevadas por Naidal.

MEDIO REAL La impresión Rivadeneira hecha en Quito, en 1890, es una impresión clara y nítida, muy bien lograda, en color azul un tanto débil y sobre papel blanco—grisáceo.



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La UPU

El ingreso del Ecuador a la Unión Postal Universal
-Por Julio Tobón de Paramo y Miguel Tobón Hohmann-

El 2 de noviembre de 1880, el Congreso de la República del Ecuador aprobaba la adhesión del Poder Ejecutivo a la Convención Postal Universal, celebrada en Paris, el 1 de junio de 1878.

El 2 de noviembre de 1880, el Congreso de la República del Ecuador aprobaba la adhesión del Poder Ejecutivo a la Convención Postal Universal, celebrada en Paris, el 1 de junio de 1878. Cornelio E. Vernaza. Ministro de Relaciones Exteriores del Ecuador, se dirigía el 15 de noviembre de 1879, a su colega suizo, a fin de comunicarlo, que en esa fecha, el señor Presidente de la República, había dispuesto la adhesión de su país a la Convención y Reglamento acordados en Paris, por los Plenipotenciarios de las Naciones que constituyeron la Unión Postal Universal, rogándolo poner en conocimiento de los países signatarios, la solemne adhesión del Ecuador, para cuyos efectos y cada uno de los actos ulteriores, así como para la determinación de la parte con que debe contribuir a los gastos de la oficina internacional, "ha sido instruido de los más amplios y plenos poderes, el Cónsul General de la República en París, señor Don Clemente Ballén". La anterior nota solo lo fue remitida al Cónsul Ballén el siguiente 20 de diciembre, acompañada de instrucciones del Ministro Vernaza para hacerla Negar a su destinatario a fin de que "el Ecuador entre a gozar de los beneficios que le ofrecerá su adhesión definitiva a la Unión".

LA INCORPORACION

El Cónsul Ballén respondió el 29 de febrero de 1880, dando cuenta a la Cancillería en Quito, que el Consejo Federal Suizo, había transmitir "I la adhesión a los demás gobiernos, Agregaba Ballén que efectuada la incorporación, pactó con el Director de la Unión Postal, establecida en Berna, las condiciones siguientes: 1. El Gobierno del Ecuador sólo se adhiere, como lo han hecho otras Repúblicas americanas, a la Convención Principal ajustada en Paris el 1 de junio de 1878 y al Reglamento Ejecutivo, sin tomar en consideración, por ser innecesarios por ahora, los arreglos relativos a las cartas que contienen valores declarados y a los libramientos postales 2. La equivalencia monetaria para la nivelación de los portes de correos será de un centavo de peso corriente del Ecuador por cinco céntimos de Francia; 3. Para determinar anualmente la parte contributiva de la República, a los gastos generales de la Oficina Central de Berna, quede el Ecuador inscrito en la sexta clase. y en esta virtud, el erario nacional pagará tres unidades de
dichos gastos.

Estas unidades que no son céntimos, sino coeficientes, están definidas en el artículo XXVIII del Reglamento Ejecutivo. 4. El arreglo comenzará a ejecutarse, tanto en el Ecuador como en los demás países de la Unión, simultáneamente, el 1 de Julio del corriente año 1880)". Así decía el Cónsul Ballén en adelante, la Administración General de Correos del Ecuador, deberá entenderse directamente, y en francés, con la Oficina Internacional de Berna, para todo lo relativo al servicio. Anunciaba además, el envío de una serie de documentos y modelos de otros que han de crearse, recomendando "un estudio prolijo a fin de evitar tropiezos en la práctica".

LA NOTIFICACION DEL CONSEJO FEDERAL SUIZO

El Gobierno de Suiza, notificó a los Gobiernos Signatarios de la Convención de París, la adhesión del Ecuador en los siguientes términos:

1. Que la República del Ecuador ha declarado. por vía diplomática, haberse adherido a ese Convención y en consecuencia también el Reglamento Ejecutivo;

2. Que el Gobierno Suizo, de conformidad con el articulo 18 precitado, se ha entendido en los términos siguientes, con el Cónsul General de la República en Paris:

a) La República del Ecuador percibirá como equivalente, de conformidad con el artículo 4 de# Reglamento Ejecutivo de la Convención de París, concerniente a la Unión Postal Universal:

por 25 céntimos
por 10 céntimos
por 5 céntimos

5 centavos
2 centavos
1 centavo

b) En cuanto a la parte contributivo para gastos de la Oficina Internacional de Correos (Artículo XXVIII del Reglamento Ejecutivo precitado), la República del Ecuador será Inscrita en la 6ta. clase".

RATIFICA EL ECUADOR

El 1ro. de mayo siguiente, al Canciller Vernaza daba cuenta al Cónsul Ballén que el señor Presidente de la República, ha tenido a bien dar su aprobación, a las "favorables estipulaciones pactadas por usted, para que el Ecuador quede incorporado a la Unión Postal Universal",

Y el Presidente Constitucional de la República y Capitán General en Jefe de sus Ejércitos, etc, etc., Ignacio de Veintimilla". dictaba el mismo día, un decreto disponiendo que los administradores de Correos se sujetarán a las disposiciones de la Unión Postal Universal, fijaba las tarifas para la correspondencia dirigida a países extranjeros comprendidos en la UPU, la cual, para las cartas fue de 5 centavos para cada 15 gramos (media onza) o fracción, y el derecho de certificado 50 centavos. ESTAMPILLAS En el mismo decreto se ordena que el porte de la correspondencia debe satisfacer en estampillas de correo, bajo la base de la unidad monetaria nacional, el peso fuerte. y que tendrá como timbres postales de la República con los países que constituyen la Unión Postal Universal las estampillas de correo de 1,2, 5, 10,20 y 50 centavos. Dispone así mismo, que el Ministro de Hacienda ordenará la emisión dé cuatro millones de estampillas de correo, de las que quinientas mil serán para el servicio de la Unión Postal conforme la anterior escala, y tres y medio millones para el servicio interior, conforme las leyes vigentes, para repartir unas y otras proporcionalmente entre las distintas Administraciones de Correos de la República. Señala finalmente, que como unidad de peso se tomará el kilogramo para los efectos del porte, y que el Administrador General de Correos, procederá a contratar !a construcción de marca, sellos y lo demás que fuere necesario para el servicio del ramo en todo la República según las necesidades de cada Administración.

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CANCELACIONES Y MARCAS POSTALES

MARCAS POSTALES Y CANCELADORES EN EL SERVICIO MARITIMO AL EXTERIOR

Las marcas postales y canceladores se usaron en la correspondencia que era transportada por servicio marítimo al exterior.

El valor del porte se pagaba en efectivo a los agentes de las compañías de vapores o a bordo del barco que iba a transportar la correspondencia.

Tres fueron los seervicios marítimos de esa época: el servicio inglés, el francés y el de los Estados Unidos.


SERVICIO INGLES

El servicio inglés fue el primero en establecerse y el que por más tiempo se mantúvo.



SERVICIO FRANCES

En Abril de 1872 se estableció el servicio postal marítimo francés y en la correspondencia transportada se ponían, a más de las estampillas ecuatorianas, estampillas francesas.



SERVICIO DE LOS ESTADOS UNIDOS

Para el servicio marítimo, el Consulado de los Estados Unidos en Guayaquil usó una marca postal consistente en un óvalo de doble línea de 47 x 34 mm que encierra las palabras "FORWARDED — S.SWEETSER — US. CONSUL — GUAYAQUIL".


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Cncelador C-41

El C-41

En el año de 1865, la Oficina Consular Británica estableció estafeta postal en la ciudad de Guayaquil y usó el cancelador '’C-41 ", consistente en dicha letra y cifras encerradas en un óvalo formado por barras horizontales y verticales. Su tamaño es de 22 x 27 1/2 mm.

Según consta de la correspondiente hoja en el archivo de la Administración General de Correos de Londres, este cancelador fue enviado a Guayaquil el 26 de Enero de 1865 y se lo usó para cancelar las estampillas inglesas que se adherían a la correspondencia marítima al exterior.

La última fecha conocida para el uso de este cancelador es del año 1873, aun cuando bien pudo haber estado en uso durante, algún tiempo mas.



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